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RG08 – PRORROGASE hasta el 15 de Febrero de 2006 el plazo establecido por la Resolución General 002/06 D.G.R., para el pago del Anticipo del Impuesto Provincial al Automotor, Año Fiscal 2006 de los vehículos clasificados en los Tipos 1, 2 y 3, Modelos 200

POSADAS, 03 de Febrero de 2006.-

VISTO: La Resolución General N° 007/06 de esta Dirección General;

CONSIDERANDO:

QUE en virtud de la misma se ha prorrogado hasta el día 03 del corriente mes y año el plazo para el pago del Anticipo del Impuesto Provincial al Automotor, Año Fiscal 2006 para los vehículos clasificados en los Tipos 1, 2 y 3, Modelos 2003 a 2005 y de la 1ra. cuota u opción contado, para el resto de los vehículos;

QUE varios municipios han planteado la necesidad y conveniencia de prorrogar nuevamente el plazo del vencimiento para el pago tanto del anticipo como de la primera cuota u opción contado, según corresponda, a efectos de permitir que la mayor cantidad posible de contribuyentes pueda obtener la bonificación por el pago total, en el caso de los vehículos clasificados en el segundo grupo;

QUE dicha inquietud es procedente y atendible, por cuanto, a su vez, ello posibilitaría tanto al fisco Provincial como Municipal, la oportunidad de allegar a sus respectivas arcas una importante masa de genuino recurso adicional;

QUE la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para dictar medidas en tal sentido, atento a lo dispuesto por el artículo 16º, inc. b) del C.F.P.;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: PRORROGASE hasta el 15 de Febrero de 2006 el plazo establecido por la Resolución General 002/06 D.G.R., para el pago del Anticipo del Impuesto Provincial al Automotor, Año Fiscal 2006 de los vehículos clasificados en los Tipos 1, 2 y 3, Modelos 2003 a 2005 y de la 1era. cuota u opción contado, para el resto de los vehículos.

ARTICULO 2º: REGÍSTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento Secretaría de Estado de Hacienda y Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, de Recaudaciones, Jurídica y Técnica y de Auditoría y Planificación de la Dirección General de Rentas, y por sus intermedios los distintos Departamentos y Secciones, las Delegaciones del Interior de la Provincia y de la Capital Federal. Notifíquese a la Subsecretaría de Asuntos Municipalidades. Dese a publicidad. Cumplido, ARCHÍVESE.