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RG06 – SUSTITUYASE el Anexo I de la Resolución General N° 22/06 por el Anexo I del presente

“2.008-Año Homenaje al Cincuentenario de la Constitución Provincial” 

Posadas,  11 de Febrero de 2008

VISTO: La Ley 4248, y;

CONSIDERANDO:

QUE, el artículo 8 de la misma prevé la fijación periódica de los valores de referencia de los productos forestales, teniendo en cuenta para ello el precio de mercado de las materias primas, a los efectos de la determinación de la base imponible de la Tasa Forestal;

QUE, por Resolución General N° 22/06 se ha aprobado la tabla de Valores de los productos forestales, surgidas del precio promedio de los montos informados por asociaciones profesionales así como por las distintas entidades, tanto públicas como privadas;

QUE, en atención a los nuevos valores, comunicados por las entidades citadas para productos forestales implantados y la investigación de mercado realizada para el resto de los productos, devieneprocedente la actualización de dicha tabla;

QUE, esta Dirección se encuentra facultada para establecer medidas en tal sentido, conforme lo establecido por el artículo 17° del Código Fiscal Provincial (t.o. Ley 4366);

POR ELLO

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: SUSTITUYASE el Anexo I de la Resolución General N° 22/06 por el Anexo I del presente.

ARTICULO 2º: LA presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º: REGISTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento la Secretaría de Estado de Hacienda, Finanzas. Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. Publíquese. Cumplido, ARCHIVESE.

POSADAS, 11 de Febrero de 2008

ANEXO I

TABLA DE VALORES DE PRODUCTOS FORESTALES

ESPECIESPrecio Promedio p/tn
RaleoRollos
PINOS RESINOSOS$       60,00$         95,00
ARAUCARIA$       60,00$       149,00
PARAISO $       110,00
EUCALIPTUS$       70,00$         84,00
KIRI $       192,00
GRUPO A  
CEDRO $       423,50
INCIENSO $       423,50
LORO NEGRO $       423,50
LAPACHO $       423,50
GUATAMBU $       253,00
GRUPO B  
GUAICA $       239,25
SABUGUERO $       239,25
CACHETA $       239,25
GRAPIA $       239,25
ANCHICO COLORADO $       239,25
CAÑAFISTOLA $       258,50
TIMBO COLORADO $       258,50
CANCHARANA $       258,50
GRUPO C (NO “A” Y NO “B”)  
AZOTA CABALLO $       206,25
LORO BLANCO $       173,25
LAURELES $       172,70
CARNE DE VACA $       121,00
PERSIGUERO $       173,25
MARMELERO $       206,25
GUAYUBIRA $       206,25
LEÑAS Y POSTES  
LEÑA DE CUALQUIER ESPECIE $         24,20
VARIOS $              –
ASTILLA $         30,80
CHIPS $         37,40