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RG05 – PRORROGASE hasta el día 09 de marzo de 2009, el plazo establecido por la Resolución General N° 05/08-DGR, para el pago de la opción contado o de la primera cuota, en su caso, del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2009.

POSADAS, 17 de Febrero de 2009

VISTO: La Resolución GeneralNº 045/08-DGR, mediante la cual se fija el calendario de vencimientos correspondientes al año fiscal 2009, del Impuesto Inmobiliario; y

CONSIDERANDO:

QUE, en virtud de la mismase ha fijado para el día 16 del corriente mes y año como plazo de pago de la opción contado, y la primera cuota del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2009;

QUE, a fin de facilitar un mayor cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales se considera necesario extender el plazo establecido para el pago de la opción contado, como así también de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario, en su caso, con derecho a bonificación;

QUE, esta Dirección General, se encuentra facultada para dictar medidas en tal sentido conforme a lo establecido en el Artículo 17º  inciso b)  del Código Fiscal Provincial.

POR ELLO

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1º:

PRORROGASE hasta el día 09 de marzo de 2009, el plazo establecido por la Resolución General N° 045/08-DGR, para el pago de la opción contado o de la primera cuota, en su caso, del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2009.

Artículo 2º:

REGÍSTRESE. Comuníquese. Tomen  conocimiento: Secretaría de Estado de  Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones de Fiscalización, de Jurídica y Técnica, de Recaudaciones, de Auditoria y Planificación de la Dirección General de Rentas y por sus intermedios a los distintos Departamentos, Delegaciones y Receptorías. Dese a publicidad. Cumplido,ARCHIVESE.