VISTO:
La Resolución General 33/2015 y sus modificatorias, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la citada Resolución General disponía como fecha límite para la adhesión al régimen especial y transitorio de regularización de tributos provinciales el día 31 de Marzo de 2016;
QUE, teniendo en cuenta distintos pedidos realizados la Dirección entienden necesario la prórroga del misma hasta el día 31 de Mayo del corriente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 21 de la Resolución General 33/2015 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 21°.- El acogimiento y adhesión a este régimen especial y transitorio podrá realizarse a partir del 4 de Enero de 2016 hasta el 31 de Mayo de 2016 inclusive”.-
ARTÍCULO 2°.- REGÍSTRESE. Comuníquese. Tomen conocimiento: el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, las Subdirecciones, Direcciones, Departamentos, Delegaciones y Receptorías de la Dirección General de Rentas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido, ARCHÍVESE.-