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D93 – DISPONESE la Reevaluación General de los bienes inmuebles en todo el Territorio Provincial y la determinación de los nuevos procedimientos para el cálculo de la valuación de la tierra libre de mejoras y mejoras.

VISTO: Lo establecido en el art. 2° de la Ley N° 4254 referente a la facultad del Poder Ejecutivo para disponer la Valuación General de todos los inmuebles ubicados en el Territorio Provincial; y

CONSIDERANDO:

QUE, se hace necesario disponer su inmediata ejecución como medio conducente para la actualización de las valuaciones fiscales de los inmuebles en consonancia al incremento real de los valores inmobiliarios;

QUE, la Dirección General de Catastro ha establecido un nuevo procedimiento de cálculo de la valuación de la tierra rural libre de mejoras y realizado una nueva zonificación de los inmuebles rurales por tipo y calidad de suelo agrupándolos en 17 zonas agro económicas y determinando para cada una de ellas un valor mínimo por hectárea;

QUE, es decisión del Gobierno Provincial no afectar el ciento por ciento, de los nuevos montos, a inmuebles cuya superficie estén por debajo de cien hectáreas y sea única propiedad;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES

D E C R E T A:

ARTICULO 1°.- DISPONESE la Reevaluación General de los bienes inmuebles en todo el Territorio Provincial y la determinación de los nuevos procedimientos para el cálculo de la valuación de la tierra libre de mejoras y mejoras.

ARTICULO 2.- ENCARGUESE la ejecución de estas tareas a la Dirección General de Catastro, quien tendrá además bajo su responsabilidad la realización y contralor de los gastos que de la misma resulten.

ARTICULO 3°.- La realización de las tareas se ajustará a la programación y presupuesto que elabore la Dirección General de Catastro y los gastos que demanden el cumplimiento de las mismas serán imputados a la partida especifica del presupuesto de la Dirección General de Catastro.

ARTICULO 4°.- FIJASE y APLICASE para el ejercicio fiscal 2006 el nuevo procedimiento de cálculo de la valuación de la tierra rural libre de mejoras para lo cual se determinaron 17 (diecisiete) Zonas Agroeconómicas representadas en el plano de la Provincia de Misiones, escala 1: 250.000, confeccionado por la Dirección General de Catastro y que forma parte integrante del presente Decreto, y cuyos valores se detallan a continuación:

ZONAS       VALORES POR HECTÁREAS($)

01                         668,93

02                         425,00

03                         425,00

04                         375,00

05                         375,00

06                         425,00

07                         425,00

08                         450,00

09                         550,00

10                         550,00

11                         375,00

12                         450,00

13                         375,00

14                         375,00

15                         375,00

16                         450,00

17                         450,00

ARTICULO 5°.- ESTABLECENSE los siguientes rangos por superficies a fin de la aplicación de los nuevos valores por zona agroeconómica: Rango A: Lotes menores a cincuenta(50) hectáreas. Rango B: Lotes mayores o iguales a cincuenta (50) hectáreas y menores a cien (100) hectáreas. Rango C: Lotes mayores o iguales a cien (100) hectáreas. El valor de la tierra libre de mejoras para el rango A será igual al 2% del valor zonal

por la

superficie del lote mas el valor de la tierra libre de mejoras actual. El valor de la tierra libre de mejoras para el rango B será igual al 20% del valor zonal

por la

superficie del lote mas el valor de la tierra libre de mejoras actual. El valor de la tierra libre de mejoras para el rango C será igual al 100% del valor zonal

por

la superficie del lote..

ARTICULO 6°: REFRENDARA el presente Decreto el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.

ARTICULO 13°: De forma.-