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RG32 – PRORRÓGASE hasta el 30 de julio de 2004 la fecha de vencimiento del plazo para la adhesión al régimen de la Ley 3994, previsto en el artículo 2° de la R.G. N° 029/04 – D.G.R. –

Posadas, 29 de Junio de 2004

VISTO: La Ley N° 3994, que establece un régimen de compensación, regularización y facilidades de pago para Municipios, el Decreto N° 590/04 – que faculta a la DGR a reglamentarla – y la R.G. N° 029/04 – D.G.R.- que establece las normas complementarias y reglamentarias y;

CONSIDERANDO:

QUE se han recibido numerosas inquietudes y planteos por parte de los sujetos alcanzados solicitando la prórroga del vencimiento previsto en la citada Resolución, para la adhesión al Régimen establecido en la mencionada Ley;

QUE esta Dirección estima procedente y atendible lo solicitado, a efectos de posibilitar que el mayor número de responsables pueda acceder a dicho beneficio;

QUE de conformidad a lo establecido por el artículo 16° inciso b) del Código Fiscal Provincial (T.O. 1991), la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para adoptar medidas de tal naturaleza;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- PRORRÓGASE hasta el 30 de julio de 2004 la fecha de vencimiento del plazo para la adhesión al régimen de la Ley 3994, previsto en el artículo 2°  de la R.G. N° 029/04 – D.G.R. –

ARTICULO 2°.- : De forma