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RG16 – CONSIDERAR como ingresados en término hasta el día 02/04/2004, los pagos que se realicen en concepto de segunda cuota del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2004.

Posadas, 22 de marzo de 2004

VISTO:  La Resolución General Nº 060/03, de esta Dirección por la cual se estableció el Calendario de Vencimientos para el pago de las cuotas y del pago total del Impuesto Inmobiliario para el Año Fiscal 2004;  y

CONSIDERANDO:

QUE   en virtud de la misma se ha establecido el día 22 del corriente mes como plazo para el pago de la segunda cuota;

QUE por Resolución General Nº 009/04 D.G.R. modificó la fecha para el pago de la primera cuota y opción contado del citado impuesto, trasladándolo al día 22 de marzo de 2004;

QUE, ante esta situación y a efectos de evitar la superposición en el pago de las cuotas, en el caso de aquellos contribuyentes que hayan optado por esta modalidad de pago, esta Dirección estima atendible y por lo tanto, procedente, ampliar el plazo para el pago de la segunda cuota;

QUE la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para la adopción de medidas de tal naturaleza, conforme a lo establecido por el artículo 16º, inciso b) del Código Fiscal Provincial (T.O. 1991);

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º:  CONSIDERAR como ingresados en término  hasta  el  día  02/04/2004, los pagos que se realicen en concepto de segunda cuota del Impuesto Inmobiliario correspondiente al Año Fiscal 2004.

ARTICULO 2°.- De forma.