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RG09 – Certificados Provisorios de Excención y Desgravación – Impuestos Ingresos Brutos

R.G. N° 009/96

Posadas, 15 de Mayo de 1996

VISTO: La Ley N° 3084 y los Decretos Nros.27/94, 354/94, 1.428/94, 1.545/94, 2.124/94 y 61/96 que establecieron exenciones y desgravaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el marco de adhesión de la Provincia de Misiones al “Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento” del 12 de Agosto de 1993, aprobado por Ley N° 3.045; y

CONSIDERANDO:

QUE por Resolución General N°019/95 -D.G.R.- se prorrogó hasta el 31 de Diciembre de 1995 el plazo de validez de los Certificados Provisorios de Excención y Desgravación Tipos: “A”, “B”, “C”, “D”, “E”, “F”, “G” y “H”;

QUE numerosos contribuyentes se encuentran aún en curso de verificación de su situación fiscal a fin de extenderles los certificados definitivos, por lo que se estima necesario y conveniente disponer una prórroga adicional del plazo de validez de las constancias provisorias a efectos de constatar su encuadramiento en las normas referidas;

QUE la Dirección General de Rentas se encuentra facultada para dictar normas en tal sentido conforme al artículo 16°, inciso a) del Código Fiscal Provincial (t.o.1991) y el artículo 6° del Decreto N° 27/94.

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°:

PRORROGASE hasta el 31 de Diciembre de 1996 el plazo de validez de los Certificados Provisorios de Exención y Desgravación Tipos: “A”, “B”, “C”, “D”, “E”, “F”, “G” y “H”, otorgados por esta Dirección General en cumplimiento de lo establecido por la Ley N° 3.084 y los Decretos Nros. 27/94, 354/94, 1.428/94, 1.545/94, 2.124/94 y 61/96.

ARTICULO 2°: DE FORMA.

B.O. 24/05/96